top of page

¿POR QUE SE DEBEN INVESTIGAR LOS INCENDIOS?

  • 21 nov
  • 5 Min. de lectura

Por Cristian Chereau Morales


ree

La importancia de la investigación de incendios: prevención, justicia y conocimiento.

 

La investigación de incendios es una labor fundamental que va más allá de determinar las causas de un siniestro. ​ Su propósito principal radica en identificar el origen y las causas de los incendios, con el objetivo de prevenir futuros incidentes y, en caso de ser necesario, determinar si hubo algún delito involucrado. ​ Este proceso no solo es una herramienta para la seguridad pública, sino también una obligación legal en muchos países, como Chile, donde los Bomberos lo deben hacer por mandato de Ley, además de otras instituciones como la PDI y Carabineros, que son asesores del Ministerio Público y tienen el deber de realizar estas investigaciones; la diferencia es que, Bomberos investiga sin esperar orden para hacerlo y las policías, solo actúan por orden de un Fiscal o Tribunal.

 

Servicios del Departamento de Investigación de Incendios ​de Bomberos en Chile

 

El Departamento de Investigación de Incendios ofrece servicios esenciales como peritajes y capacitación. ​ Además, tiene la responsabilidad de llevar estadísticas detalladas sobre los incendios, incluyendo el lugar de inicio, origen, fuente calórica y causa. ​ Estas estadísticas son clave para entender patrones y mejorar las estrategias de prevención.

 

Cabe señalar que, los investigadores de incendio en Sudamérica terminan su trabajo cuando se establece una hipótesis final sobre el origen, la fuente de calor y la causa de un incendio; los investigadores en Estados Unidos, de cualquier sector, además persiguen el delito, es decir, si determina que un incendio fue provocado con dolo, deben buscar al responsable hasta ponerlo en manos de la justicia.

 

Guías y normas para la investigación

 

La investigación de incendios se basa en estándares internacionales como la NFPA 921 y la NFPA 1033. La NFPA 921 establece el método científico como base para la investigación, que incluye pasos como la recogida de datos empíricos, análisis de información, desarrollo de hipótesis y comprobación de estas. Por otro lado, la NFPA 1033 define los requisitos de desempeño y conocimientos necesarios para los investigadores, abarcando áreas como la ciencia del fuego, metodología de investigación, seguridad en la escena del incendio y sistemas constructivos.

 

El método científico en la investigación de incendios es un proceso estructurado que permite analizar y determinar el origen y las causas de un incendio de manera objetiva y sistemática. ​ Según la NFPA 921, este método incluye los siguientes pasos:

 

  1. Reconocer la necesidad: Identificar el problema, es decir, la necesidad de investigar el incendio para evitar futuros incidentes similares. ​

  2. Definir el problema: Realizar una investigación adecuada para determinar el origen y la causa del incendio. ​

  3. Recogida de datos: Reunir información empírica basada en la observación y experiencia, que pueda ser verificada. ​

  4. Análisis de la información: Examinar todos los datos recopilados utilizando el conocimiento, formación y experiencia del investigador. ​

  5. Desarrollo de una hipótesis (razonamiento inductivo): Formular una o varias hipótesis para explicar el fenómeno, como el origen, la propagación, las causas o las responsabilidades del incendio. ​

  6. Probar la hipótesis (razonamiento deductivo): Diseñar pruebas para refutar hipótesis específicas y seleccionar la hipótesis final que mejor explique el evento. ​

 

Este enfoque busca evitar errores comunes como la "tendencia a lo esperado" (conclusiones prematuras) y el "sesgo en la confirmación" (aceptar hipótesis sin considerar todos los datos relevantes). ​ Es una herramienta clave para garantizar investigaciones precisas y confiables.

 

En Chile, el Decreto con Fuerza de Ley Nº 251, que regía desde el año 1931, hasta el 31 de mayo de 2002, fue modificado por la Ley 19.806 en el marco del nuevo Código Procesal Penal en Chile. ​ Las principales modificaciones fueron las siguientes:

 

  • Obligación de los Bomberos: El artículo 30 establece que el Comandante del Cuerpo de Bomberos que haya intervenido en un incendio debe enviar al Ministerio Público un informe escrito. ​ Este informe debe incluir:


  1. La identificación del voluntario que dirigió las labores.

  2. El lugar de ocurrencia y el estado del bien afectado.

  3. Una relación detallada de las operaciones realizadas y sus resultados.

  4. Las conclusiones sobre el origen y las causas del incendio, basadas en el conocimiento y experiencia del Comandante. ​

 

Antes del año 2002, este decreto disponía que el Comandante enviaba un informe y su testimonio tenía el valor de dos testigos contestes en el hecho, eso significaba que, lo que el Bombero determinaba, eso era, sin muchas posibilidades de ser contradicho.

 

Incautación de documentos en establecimientos comerciales o industriales: El artículo 31 fue modificado para permitir que el Ministerio Público, con autorización del juez de garantía, pueda incautar libros y papeles del establecimiento afectado por el incendio. ​ Además, se sustituyó la palabra "juez" por "fiscal del Ministerio Público" en el inciso segundo. ​

 

Estas modificaciones refuerzan la responsabilidad de los Bomberos en la investigación de incendios y establecen procedimientos claros para el manejo de pruebas en casos relacionados con establecimientos comerciales o industriales.

 

ree

Los requisitos de desempeño laboral para los investigadores de incendios están definidos en la NFPA 1033 y establecen los parámetros mínimos necesarios para realizar sus funciones de manera efectiva. Estos incluyen:

 

  1. Conocimientos básicos actualizados: Los investigadores deben tener un conocimiento mínimo a nivel de escuela secundaria en áreas como:

 

  • Ciencia del fuego: Química del fuego, termodinámica, dinámica del fuego y dinámica de explosión. ​

  • Investigación de incendios: Análisis, metodología, tecnología, documentación, recopilación y conservación de pruebas, así como análisis de fallas y herramientas analíticas. ​

  • Seguridad en la escena del incendio: Reconocimiento, evaluación e identificación de peligros, manejo de materiales peligrosos y normas de seguridad. ​

  • Sistemas constructivos: Tipos de construcción, sistemas de protección contra incendios, electricidad y sistemas eléctricos, y sistemas de gas combustible. ​

 

  1. Cumplimiento de las JPR (Job Performance Requirements): Los investigadores deben cumplir con los requisitos de rendimiento laboral establecidos en las secciones 4.2 a 4.7 de la NFPA 1033. ​ Esto incluye realizar tareas específicas con éxito y mantenerse actualizados en los temas necesarios para las investigaciones de incendios. ​

 

En resumen, los investigadores deben contar con formación, experiencia y conocimientos técnicos en áreas relacionadas con el fuego, la investigación, la seguridad y los sistemas constructivos para desempeñar sus funciones de manera adecuada. ​

 

En la investigación de incendios, definir el problema implica realizar una investigación adecuada para determinar el origen y la causa del incendio. ​ Según la NFPA 921 (4.3.2), este paso es esencial para identificar correctamente qué ocurrió y por qué, lo que permite establecer las causas del incidente y prevenir futuros eventos similares. ​

 

Quien es el responsable de realizar esta tarea, debe comenzar realizando las respectivas capacitaciones, luego comenzar el entrenamiento, guiado por un instructor con experiencia, después adquirir experiencia con mucha práctica, hasta convertirse en Investigador de Incendios y luego Perito, para lo cual se debe mantener constantemente capacitándose y actualizándose en esta maravillosa Ciencia.

 


CRISTIAN CHEREAU MORALES

Perito Técnico en Investigación de Incendios

Miembro activo del Capítulo 82 Chile – IAAI y de la

International Association of Arson Investigators







Las opiniones vertidas en esta sección son de exclusiva responsabilidad de quienes las emiten y no representan, necesariamente, el pensamiento de la Fundación para el Desarrollo de las Ciencias Forenses

Comentarios


CONTÁCTANOS

Fundación para el Desarrollo de las Ciencias Forenses

Celular: +56 9 8334 2787

Nueva York N°53, oficina 103, Santiago de Chile.

  • Instagram
  • Facebook
  • X
  • LinkedIn
Fundación FUNCIF

© 2025

Fundación para el Desarrollo de las

Ciencias Forenses

bottom of page